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Financieras y casas de crédito: directorio verificado

No es lo mismo una financiera supervisada por el Banco Central que una casa de crédito registrada ante otro organismo. Esta página explica la diferencia y cómo comprobar de cuál se trata.

Dos figuras distintas bajo un mismo lenguaje comercial

En la comunicación cotidiana, «financiera» se usa para cualquier lugar que preste plata sin ser un banco. Jurídicamente no es así, y la diferencia cambia qué organismo supervisa la actividad y qué protecciones existen.

Una entidad financiera propiamente dicha está autorizada y supervisada por la Superintendencia de Bancos del Banco Central del Paraguay, igual que un banco, con requisitos de capital, reporte y control sobre su operación.

Una casa de crédito que ofrece crédito de dinero sin ser una entidad financiera se encuadra en otro régimen y responde ante otro organismo. Puede ser perfectamente legítima, pero no está bajo el mismo control ni sujeta a las mismas exigencias.

Qué cambia en la práctica

Cuadro conceptual sobre el marco de cada figura. No describe a ninguna entidad concreta.
CriterioEntidad financieraCasa de crédito
Quién autorizaSuperintendencia de Bancos del BCPRégimen de registro distinto, fuera de la supervisión bancaria
Dónde verificarlaListado de entidades supervisadas del BCPRegistro de oferentes de crédito de dinero
Qué preguntarNombre legal, RUC y número de autorizaciónNombre legal, RUC y constancia de registro
Qué no alcanzaLa marca comercial por sí solaLa marca comercial por sí sola

Cuadro conceptual elaborado sobre la distinción general entre entidades supervisadas por el Banco Central y oferentes de crédito registrados en otro régimen. No sustituye la consulta al organismo correspondiente.

Fecha de revisión de esta tabla: 2026-09-14.

Fichas publicadas (orden alfabético)

Solo figuran entidades que verificamos en un registro oficial del BCP en la fecha indicada.

Casas de crédito: dónde comprobar el registro

Todavía no verificamos a ninguna casa de crédito concreta, por eso no listamos ninguna. El BCP publica el registro de otorgantes de crédito dinerario y casas de crédito.

Lo mínimo que tenés que poder comprobar

  • La razón social completa de quien presta, no la marca.
  • El RUC de esa persona jurídica.
  • El registro o la autorización que corresponde a su figura, verificable en el organismo.
  • Un domicilio real y un canal de atención institucional.
  • Un contrato escrito con tasa, plazo, cuota, cargos y costo total.
  • Una cuenta de destino a nombre de la entidad y no de una persona.